APORTACIÓN DE MENSAJES DE WHATSAPP A LOS PROCESOS JUDICIALES
Tratamiento procesal
Daniel García Mescua (Autor)
El progreso tecnológico que durante las últimas décadas se ha venido produciendo ha cambiado por completo nuestras vidas y la manera de relacionarnos con los demás. Pero si de entre los avances del mundo moderno hubiera que escoger el más significativo de todos ellos, a buen seguro el elegido sería Internet. El ciberespacio se ha erigido como una de las herramientas más útiles de nuestro tiempo, permitiendo una conexión permanente de todos con todos, y ha supuesto la quiebra de los obstáculos que aquejaban a los pasados modelos de comunicación.
En el año 2009, dentro de esta vorágine tecnológica, se creó la plataforma de mensajería instantánea denominada WhatsApp. A grandes rasgos, esta innovadora aplicación se caracteriza por el intercambio de mensajes escritos, iconos, fotografías, vídeos y mensajes de voz. Este intercambio se encuentra sujeto a una previa conexión a una red de datos móviles o de WIFI.
Hoy en día, la aplicación WhatsApp se ha posicionado como una de las más importantes plataformas de mensajería instantánea, conocida y utilizada por innumerables personas. Pero el uso indiscriminado de dicha aplicación ha provocado, como en la mayoría de parcelas de esta vida, que haya transcendido al Derecho. Esto es así debido a que las conversaciones o chats abiertos en la plataforma de mensajería contienen, en no pocas ocasiones, verdaderos contratos, declaraciones, reconocimientos de deudas, despidos o proclamaciones encuadrables en algún tipo delictivo, si nos adentramos en el ámbito penal.
Sin embargo, no será un camino exento de interrogantes. Cuando una parte interesa la aportación de unos mensajes de WhatsApp, surge la duda de por qué medio de prueba introducirlos. Una vez superado esto, habrá de atenderse a las peculiaridades propias de la prueba en cuestión ya que, por su condición de electrónica, se distanciará en algunos aspectos de las fuentes probatorias tradicionales.
Así mismo, alrededor de este tipo de material de prueba, existe una generalizada desconfianza en lo referente a la garantía de seguridad y de autenticidad que proporcionan. De modo que no serán excepcionales los supuestos en los que este tipo de fuentes necesiten de un medio de prueba instrumental para ser refrendadas.
Por esta razón, el humilde propósito de esta obra no será otro que analizar a la luz y bajo la lupa del Derecho Procesal Probatorio los entresijos de la aportación de estos mensajes remitidos a través de WhatsApp con la finalidad de asegurar su supervivencia en el proceso, así como su valor probatorio. Para acometer esta tarea se estudiará el régimen jurídico de la prueba en la Ley de Enjuiciamiento Civil, supletoria en el resto de órdenes jurisdiccionales, por lo que los resultados pueden ser extrapolados más allá de los procesos civiles, sin perjuicio de sus particularidades correspondientes.
- Autor
- Daniel García Mescua
- Colección
- Derecho General
- Materia
- Procesal
- Idioma
- Castellano
- EAN
- 9788490455395
- ISBN
- 978-84-9045-539-5
- Depósito legal
- GR. 31/2018
- Páginas
- 122
- Ancho
- 17 cm
- Alto
- 24 cm
- Edición
- 1
- Fecha publicación
- 26-02-2018